Tarifas Régimen Simple de Tributación año 2022
Límite de Ingresos para mantenerse en el Régimen Simple de Tributación
De acuerdo con el artículo 41 de la ley 2155 de 2021, que modificó el artículo 905 del Estatuto Tributario, los ingresos brutos del año anterior, deben ser inferiores a 100.000 UVT ( $ 3.630.800.000).
Si son empresas o personas jurídicas nuevas, estarán condicionados a que los ingresos del año actual o vigente, no superen los 100.000 UVT. ( $ 3.800.400.000).
Tarifas para el año gravable 2022
Las tarifas del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributaicón-SIMPLE depende de los ingresos brutos anuales y de la actividad empresarial, de acuerdo con el artículo 42 de la ley 2155 de 2021, que modificó el artículo 908 del Estatuto Tributario, así:
ACTIVIDADES | Ingresos brutos anuales en UVT | Ingresos brutos bimestrales en UVT | Tarifa |
---|---|---|---|
GRUPO 1 Tiendas pequeñas, mini-mercados, micro-mercados y peluquería | 0-6.000 6.000-15.000 15.000-30.000 30.000-100.000 | 0-1000 1.000-2.500 2.500-5.000 5.000-16.666 | 2.0% 2.8% 8.1% 11.6% |
GRUPO 2 Actividades comerciales al por mayor y al detal; servicios técnicos y mecánicos, los electricistas, los albañiles, los servicios de construcción, talleres mecánicos de vehículos y electrodomésticos; actividades industriales; telecomunicaciones y las demás actividades no incluidas en otros grupos. | 0-6000 6.000-15.000 15.000-30.000 30.000-100.000 | 0-1000 1.000-2.500 2.500-5.000 5.000-16.666 | 1.8% 2.2% 3.9% 5.4% |
GRUPO 3 Servicios profesionales, de consultoría y científicos en los que predomine el factor intelectual sobre el material, incluidos los servicios de profesiones liberales | 0-6000 6.000-15.000 15.000-30.000 30.000-100.000 | 0-1000 1.000-2.500 2.500-5.000 5.000-16.666 | 5.9% 7.3% 12% 14.5% |
GRUPO 4 Actividades de expendio de comidas y bebidas, y actividades de transporte | 0-6000 6.000-15.000 15.000-30.000 30.000-100.000 | 0-1000 1.000-2.500 2.500-5.000 5.000-16.666 | 3.4% 3.8% 5.5% 7.0% |
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