Impuesto al plástico de un solo uso

Impuesto productos de plástico de un solo uso.

El artículo 51 de la ley 2277 de 2022, crea el impuesto nacional sobre productos plásticos de un solo uso utilizados para envasar, embalar o empacar bienes.

Posteriormente la DIAN, expide la resolución 005 del 09 de febrero de 2026 y determina los plazos y formularios para presentar la declaración anual y los formatos y anexos que se deben presentar.

Por el año 2025, el plazo para declarar y pagar en el formulario 330, se vence el próximo viernes 13 de febrero de 2026 y el anexo de las declaraciones de importación se vence el 31 de marzo de 2026, utilizando el formato 3302.

Los sujetos pasivos son los importadores de plástico de un solo uso y los que importen bienes con contenidos en plástico de un solo uso, ya sea para envasar, embalar o empacar bienes.

La base gravable es el peso en gramos del envase, embalaje o empaque del plástico de un solo uso. (No se debe tener en cuenta el peso del bien importado- Sentencia Corte Constitucional C-099 de 2025).

La tarifa para el año gravable 2025 es de $ 2.48995 pesos por gramo y para el año 2026 $ 2.61874.

Existen algunas exclusiones consagrados en el artículo 5 de la ley 2232 de 2022, tales como plásticos para propósitos médicos por asepsia e higiene, entre otros.

La sanción por no declarar es del 20% sobre el valor del impuesto que ha debido pagarse, según numeral 13 del artículo 643 del E.T

Si desea bajar el PDF, lo puede hacer enseguida:

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prg

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