Sanción por no enviar la información solicitada por la UGPP

La sanción se calcula en UVT, dependiendo el número de meses o fracción de mes de incumplimiento. La sanción se reduce considerablemente, si se presenta la información y se gradúa el % dependiendo en número de meses de retardo y los ingresos brutos del obligado. http://DIAN.GOV.CO http://UGPP.GOV.CO http://SHD.GOV.CO

Pena privativa de la libertad por omitir Activos o incluir Pasivos inexistentes en forma dolosa- Ley 1943 de 2018, a partir de $ 4.140.580.000 (Año 2019)

También aplica cuando el mayor impuesto determinado por la Dian, sea igual o superior a $ 207.029.000 (Año 2019), cuando no se declare, omita ingresos, incluya costos y deducciones inexistentes o solicite saldos a favor en forma dolosa. Art. 434B de la ley 599 del 2000. http://DIAN.GOV.CO

Los contratos de importación de tecnología no requieren renovación alguna

DESCARGUE AQUÍ:  CONCEPTO DIAN 19585 DE JUL 2018 REGISTRO CONTRATOS IMPORTACION TECNOLOGIA Con la expedición de la resolución 062 de 2014 por la DIAN se define que: “los contratos de importación de tecnología no requieren de renovación alguna y la exigencia de un nuevo registro se presenta cuando hay modificación o adición del contrato o cuando […]

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