Art. 771-5 .ET. Se permite varios pagos a la misma persona cuando el pago individual no supere los 100 UVT. Sentencia C Estado 26676 del 19 de Jul de 2023
Art. 771-5 .ET. Se permite varios pagos a la misma persona cuando el pago individual no supere los 100 UVT. Sentencia C Estado 26676 del 19 de Jul de 2023