Los contratos de importación de tecnología no requieren renovación alguna
DESCARGUE AQUÍ: CONCEPTO DIAN 19585 DE JUL 2018 REGISTRO CONTRATOS IMPORTACION TECNOLOGIA
Con la expedición de la resolución 062 de 2014 por la DIAN se define que: “los contratos de importación de tecnología no requieren de renovación alguna y la exigencia de un nuevo registro se presenta cuando hay modificación o adición del contrato o cuando el mismo ha perdido vigencia; en estos eventos, para la procedencia de las deducciones en la determinación del impuesto sobre la renta es válida solo a partir de su registro”.
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