Servicios Tributarios

Registros contables de la retención en la fuente por dividendos trasladable

Art. 242-1 E.T- Tarifa especial del 7.5% a sociedades nacionales trasladable a los socios o accionistas

El concepto de la Dian No. 001030 de 2021 y el Concepto del Consejo Técnico de la Contaduría Pública No. 1014 de 2019, abordan el tema y consideran que:

“(..) Por lo tanto, en la medida en que la normativa tributaria no ha definido de manera taxativa el tratamiento fiscal que debe darse a la retención en la fuente trasladable e imputable a la persona natural residente o inversionista residente en el exterior, de que trata el artículo 242-1 ibídem, esta Subdirección considera menester remitirse al pronunciamiento CTCP-10-01334-2019 del Consejo Técnico de la Contaduría Pública, en el cual se explicó:

 “(…) el CTCP considera que las retenciones sobre los dividendos descontadas a una sociedad nacional, las cuales serán trasladables o imputables al beneficiario final (personas naturales residentes o inversionistas residentes en el exterior), se presentarán como una partida dentro del patrimonio de sociedad nacional quien recibe los dividendos. La presentación dentro del patrimonio se realizará como un menor valor del patrimonio (cuenta de naturaleza débito en los resultados acumulados) en un auxiliar que bien podría denominarse ‘retención en la fuente imputable a accionistas art. 242-1 ET’ como una cuenta correctora de resultados acumulados (ganancias retenidas).” (Subrayado fuera del texto original). (…)”

Así las cosas los registros contables serían:

Consulte el documento completo del concepto Dian No. 001030 de 2021, en el siguiente LINK:

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