Pena privativa de la libertad por omitir Activos o incluir Pasivos inexistentes en forma dolosa- Ley 1943 de 2018, a partir de $ 4.140.580.000 (Año 2019)
También aplica cuando el mayor impuesto determinado por la Dian, sea igual o superior a $ 207.029.000 (Año 2019), cuando no se declare, omita ingresos, incluya costos y deducciones inexistentes o solicite saldos a favor en forma dolosa. Art. 434B de la ley 599 del 2000.